Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Inscripción Generador de A.V.U.S. (Ley 1884)

La Ley 1884 del GCBA regula el manejo de los aceites vegetales usados (AVUS) generados por establecimientos gastronómicos, hoteles, comedores industriales e industrias alimenticias. Estos residuos no pueden descargarse en los sistemas de desagüe y deben ser entregados a operadores habilitados.

En Gestionar tramitamos la inscripción como generador de AVUS ante la APrA del GCBA, coordinamos la contratación de operadores habilitados para el retiro y tratamiento, y asistimos en la documentación que acredite la correcta gestión del residuo.

¿Qué incluye?

  • Inscripción en el registro de generadores de AVUS (APrA/GCBA)
  • Asesoramiento en almacenamiento temporal adecuado
  • Coordinación con operadores habilitados para el retiro
  • Gestión de remitos y documentación de entrega
  • Cumplimiento de presentaciones periódicas

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