Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Registro de Generadores de Efluentes Gaseosos (Ley 1356)

La Ley 1356 de Calidad Atmosférica del GCBA establece estándares de calidad del aire y obliga a los generadores de efluentes gaseosos de fuentes fijas a inscribirse en el registro correspondiente, realizar mediciones periódicas de sus emisiones y garantizar el cumplimiento de los límites establecidos.

En Gestionar tramitamos la inscripción en el Registro de Generadores de Efluentes Gaseosos ante la APrA, coordinamos la realización de las mediciones requeridas con laboratorios acreditados, y elaboramos y presentamos las declaraciones juradas periódicas ante el organismo.

¿Qué incluye?

  • Inscripción en el Registro de Generadores de Efluentes Gaseosos (APrA)
  • Coordinación de mediciones de emisiones con laboratorio acreditado
  • Elaboración y presentación de declaraciones juradas
  • Seguimiento del cumplimiento de límites de emisión
  • Asesoramiento en medidas correctivas si corresponde

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