Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Registro Generador de Residuos Sólidos Urbanos Secos (Ley 1854)

La Ley 1854 (Basura Cero) del GCBA establece la obligación de grandes generadores de residuos sólidos urbanos de inscribirse en el registro correspondiente, clasificar sus residuos en origen y contratar el retiro selectivo de los materiales recuperables.

En Gestionar gestionamos la inscripción en el Registro de Grandes Generadores de RSU Secos ante el GCBA, asesoramos en la implementación del sistema de separación en origen, y coordinamos la contratación de recuperadores urbanos o cooperativas habilitadas para el retiro de los materiales.

¿Qué incluye?

  • Determinación de la obligación de registro según umbrales de generación
  • Inscripción en el Registro de Grandes Generadores de RSU Secos
  • Asesoramiento en separación en origen
  • Coordinación con recuperadores urbanos habilitados
  • Presentación de declaraciones juradas periódicas

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